como pauta >
“Lomas de Zamora, ... de Marzo de 2015.-
...
A efectos de imprimir economía y celeridad en el trámite del proceso, hágase saber a las partes intervinientes, que en forma previa a requerir la inscripción de el o los bienes que componen el acervo hereditario, deberán acreditarse los siguientes extremos, según se trate de:
I) BIENES INMUEBLES: 1) certificado de dominio -RPI-; 2) certificado de anotaciones personales del causante en el que deberá constar el nombre completo del causante y su tipo y número de documento -RPI- (Inhibición y cesión); 3) valuación fiscal vigente ( DIR de Catastro); 4) cédula catastral 10707 ( Dir. Catastro); 5) Título de propiedad original ( cfr. art. 17 ley 17801); 6) Declaración jurada patrimonial ; 7) pago de tasa y sobretasa de justicia ( cfr. Código Fiscal y ley 8455).-
II) BIENES MUEBLES REGISTRABLES-AUTOMOTORES-: 1) Certificado de dominio libre de gravamen ( RPA); 2) valuación vigente ( fiscal-DIR RENTAS); en caso de no tratarse de un rodado valuado por el Organismo recaudador, acompáñese publicación de revista especializada en el rubro o tasación expedida por concesionaria; 3) título de propiedad original ( ley 14467); 4) Declaración jurada patrimonial; 5) pago de tasa y sobretasa de justicia ( cfr. Código Fiscal y ley 8455).-
En todos los casos y liminarmente deberá darse cumplimiento con la REs. SCBA 4342/00 y Dec. 387/00, debiendo denunciarse en autos CLAVE UNICA DE IDENTIFICACION TRIBUTARIA -CUIT-, CLAVE UNICA DE IDENTIFICACION LABORAL -CUIL- O CLAVE DE IDENTIFICACION, de todas las partes intervinientes en autos, como así adjuntar certificado vigente de anotaciones personales del causante (RPI) y declaración jurada patrimonial, en su caso.-
Hágase saber a sus efectos que los certificados de dominio y anotaciones personales tienen una vigencia de 90 días corridos. La Cédula Catastral -ley 10707- la posee por tres años, sin perjuicio de que la validez de la valuación inserta en la misma resulta vigente por un año calendario.-
Tiénese por cumplido con el Bono ley 8480 y con el anticipo previsional.-
Fdo ... JUEZ”
