Hola a todos!! vino una clienta que tiene la pension del papá porque es discapacitada. Quiere tramitar su jubi y me surgio la duda porque en ese caso la pension dejo de ser una RTI? y recibe el trato como una derivada comun? y puede tramitar la J.O? perdonen pero se me hizo una laguna. Gracias por la ayuda!!
Se supone que las personas que tienen pensión de los padres es porque están incapacitadas para trabajar.
No se entiende tu pregunta, de que RTI hablás??
Si tiene una pensión será directa o derivada del padre, no una RTI
Es incompatible con el trámite de jubilación o tiene una o la otra.-