Juicio de reajuste contra anses. Hay sentencia definitiva del 2013 y el ultimo proveído que se ve por sistema dice "Encontrándose firme la sentencia dictada en autos, remítanse en devolución al organismo demandado las actuaciones administrativas correspondientes al actor, acompañando al mismo copias certificadas de las sentencias recaídas en el presente. Asimismo intímeselo para que en el plazo de 120 1) practique liquidación conforme los parámetros conferidos en el decisorio antes mencionado, 2) proceda al reajuste del haber en cuestión, 3) abone las sumas retroactivas adeudadas o en su caso acredite haberlas presupuestado e indique el orden de prelación asignado al crédito del ejecutante...Sin perjuicio de ello hágase saber a la actora que en caso de incumplimiento por parte de la demandada de lo ordenado ut supra queda autorizada a la confección del pertinente cálculo...A tales efectos, líbrese oficio en el cual deberá indicarse la cantidad de fojas en que se acompaña la documentación. Dicho oficio será confeccionado por el Juzgado y diligenciado por el interesado, debiendo acreditarlo oportunamente en estas actuaciones.". La actora falleció y yo inicie el sucesorio. Hay alguna forma de saber si ya hay fondos en el expte. de reajuste para que sean transferidos al sucesorio? Pido se libre oficio al juzgado previsional? Gracias.-