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  • DEMANDA ANSES REAJUSTE. SUCESION. FONDOS.-

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Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #1097917  por martins
 
Juicio de reajuste contra anses. Hay sentencia definitiva del 2013 y el ultimo proveído que se ve por sistema dice "Encontrándose firme la sentencia dictada en autos, remítanse en devolución al organismo demandado las actuaciones administrativas correspondientes al actor, acompañando al mismo copias certificadas de las sentencias recaídas en el presente. Asimismo intímeselo para que en el plazo de 120 1) practique liquidación conforme los parámetros conferidos en el decisorio antes mencionado, 2) proceda al reajuste del haber en cuestión, 3) abone las sumas retroactivas adeudadas o en su caso acredite haberlas presupuestado e indique el orden de prelación asignado al crédito del ejecutante...Sin perjuicio de ello hágase saber a la actora que en caso de incumplimiento por parte de la demandada de lo ordenado ut supra queda autorizada a la confección del pertinente cálculo...A tales efectos, líbrese oficio en el cual deberá indicarse la cantidad de fojas en que se acompaña la documentación. Dicho oficio será confeccionado por el Juzgado y diligenciado por el interesado, debiendo acreditarlo oportunamente en estas actuaciones.". La actora falleció y yo inicie el sucesorio. Hay alguna forma de saber si ya hay fondos en el expte. de reajuste para que sean transferidos al sucesorio? Pido se libre oficio al juzgado previsional? Gracias.-
 #1098137  por lucky
 
Si no hay cónyuge supérstite con derecho a pensión (al que se le debería liquidar directamente el retroactivo del reajuste), todo va a pasar por la sucesión. Ahí tenés que abrir una cuenta juidicial y librar oficio al Anses para que allí depositen el retro. Es todo muy largo, y hay que insistir periodicamente con los oficios reiteratorios (los requisitos del oficio están en Paseo Colón 329 pero en algún post se han transcripto).
 #1098145  por martins
 
Muchas gracias. El oficio va a anses y no al juzgado donde tramite el previsional? Si no hubiera sucesion, la anses depositaria en el expte previsional?
 #1098147  por lucky
 
Si hubiera viuda/o con derecho a pensión NO HAY NECESIDAD DE SUCESION PARA COBRAR. Anses le paga de la misma forma que al actor fallecido: deposita el retro en el Banco donde habitualmente cobra el haber.
En cambio si no hay viudo/a, pero hay herederos (ej. hijos del jubilado), NECESARIAMENTE hay que hacer sucesión, y los oficios a la Anses se libran para que, cuando liquide, deposite en la cuenta judicial abierta en el sucesorio.
Conclusión: no depende de si hay o no sucesión, sino de quién tiene derecho al retroactivo.
 #1100031  por laurass
 
lucky escribió:Si hubiera viuda/o con derecho a pensión NO HAY NECESIDAD DE SUCESION PARA COBRAR. Anses le paga de la misma forma que al actor fallecido: deposita el retro en el Banco donde habitualmente cobra el haber.
En cambio si no hay viudo/a, pero hay herederos (ej. hijos del jubilado), NECESARIAMENTE hay que hacer sucesión, y los oficios a la Anses se libran para que, cuando liquide, deposite en la cuenta judicial abierta en el sucesorio.
Conclusión: no depende de si hay o no sucesión, sino de quién tiene derecho al retroactivo.
QUE SE HACE EN EL CASO QUE NO PAGUE? ME PRESENTO EN EL EXPEDIENTE CON UN ESCRITO? HAY ALGUN MODELO?
 #1100042  por zaffaroni
 
laurass escribió: QUE SE HACE EN EL CASO QUE NO PAGUE? ME PRESENTO EN EL EXPEDIENTE CON UN ESCRITO? HAY ALGUN MODELO?
derive el caso si quiere ayudar a su tia *leo* ya se lo dije en el otro post