Hola muchachos, quería consultarles respecto de un BLSG. Al 1° que pedí junto con la demanda de daños, le dieron la caducidad de oficio por el art. 310 CPCCN. Enseguida, a los pocos días inicié uno nuevo y del juzgado me intimaron a abonar la tasa de justicia por ese que caducó. Ahora, pasado el tiempo vuelven a reclamar que abone esa tasa.
Yo tenia entendido que no había que pagar tasa de justicia por el BLSG caduco, si se iniciaba uno nuevo, ya que el inicio de uno nuevo indicaba el interés en seguir beneficiado con la exención. ¿Estoy equivocado y debo pagar tasa por el 1°o se equivocaron del juzgado? Como siempre espero sus comentarios experimentados, agradecido de antemano. Saludos.
tito
Yo tenia entendido que no había que pagar tasa de justicia por el BLSG caduco, si se iniciaba uno nuevo, ya que el inicio de uno nuevo indicaba el interés en seguir beneficiado con la exención. ¿Estoy equivocado y debo pagar tasa por el 1°o se equivocaron del juzgado? Como siempre espero sus comentarios experimentados, agradecido de antemano. Saludos.
tito
