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  • SECLO O MINISTERIO DE TRABAJO?

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Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #1100263  por iuris87
 
Buenos dias colegas...tengo una duda respecto a la jurisdicción....el tema es el siguiente: un clienta, la cual es representante legal de una escuela, es citada al Seclo por un requerimiento por trabajo en negro, el intercambio telegráfico ya esta hecho. Ahora bien, la escuela es de provincia, es decir que el lugar de cumplimiento de tareas fue en provincia, contrato obviamente no hubo, domicilio de la demandada en provincia...entonces..porque el abogado de la actora inició un seclo en capital??? que consecuencias hay si llego a un acuerdo en el seclo con lo que comentaba anteriormente?? voy a la audiencia?? no voy??' cualquier consejo será bienvenido para esta novel abogada!!! desde ya muchas gracias al que aporte!!
 #1100549  por Pierre
 
Se que es viejo el post, pero el laboralk se puede iniciar teniendo en cuanta el domicilio laboral o el domicilio del trabajador
 #1100588  por andresxeneizes
 
iuris87 escribió:porque el abogado de la actora inició un seclo en capital???
la escuela tiene domicilio social en capital? la persona fisica que demandan vive en capital?
iuris87 escribió:que consecuencias hay si llego a un acuerdo en el seclo con lo que comentaba anteriormente??
se homologa, entiendo que nadie podria plantear la nulidad por incompetencia, mas aun que el actor cuando inicia el seclo declara bajo juramento que lo hace en virtud de que algun demandado tiene domicilio en capital o que trabaja en capital
iuris87 escribió: voy a la audiencia?? no voy??'
yo iria, porque teoricamente el ministerio de trabajo pone una multa ante la inasistencia
arceorellano escribió:HASTA DONDE SE si te presentas en Capital despues te pueden iniciar la demanda alla....
esto no es asi, la LO no dice eso, podes ir al seclo y plantear la incompetencia tranquilamente al contestar la demanda, mas aun que es obligatorio ir al seclo y hay multa sino te presentas
 #1100900  por iuris87
 
Gracias por todos sus aportes!!!
Andresxeneizes muy clara tu explicación....te comento que el colegio no tiene domicilio en capital, le pregunte a la requerida si hay algo en capital y me dijo que no...por lo cual supongo que habrá sido por una cuestión de comodidad del estudio haber iniciado el Seclo, ya que el estudio es de allà. Mi "miedo" es que por haber ido a la audiencia del seclo después puedan iniciar la demanda allá, en capital, y no, en provincia como corresponde. En fin, ya fui a la audiencia y parece que hay voluntad de llegar a un acuerdo, y en caso de que inicien la demanda en capital...plantearé l expeción de incompetencia!! muchas gracias por orientarme...y desde ya que si alguien quiere seguir opinando o aconsejando...bienvenido!
 #1100982  por andresxeneizes
 
iuris87 escribió:Mi "miedo" es que por haber ido a la audiencia del seclo después puedan iniciar la demanda allá, en capital, y no, en provincia como corresponde.
fijate la LO, en donde no dice que por haber ido al seclo no podes plantear la incompetencia en la contestacion de demanda.
ademas como te decia antes, ir al seclo es obligatorio, sino teoricamente el min de trabajo te pone multa por no ir, sin importar si correspondia o no iniciar la mediacion en capital ya que la multa es por no ir