Estimados: Me encuentro ante el siguiente caso.
soy patrocinante de un síndico.
Al contador le regularon honorarios en un concurso. Se notificaron los honorarios de cámara en el domicilio constituido del concursado.
Se procedió a la intimación al pago de los mismos un año después, ante la intimación se presenta el letrado de la concursada diciendo que su cliente había fallecido ya con anterioridad de la notificación de la regulación.
Se presenten los herederos y cuando solicitamos los intereses el juez los calcula desde la notificación a los mismos y declara "ineficaz" la notificación a la concursada porque esta muerta cuando se efectuó.
Uds que opinan? al haber notificado en el constituido tengo forma de impugnar la "ineficacia" declara por el Juez?????
Gracias!!!!
soy patrocinante de un síndico.
Al contador le regularon honorarios en un concurso. Se notificaron los honorarios de cámara en el domicilio constituido del concursado.
Se procedió a la intimación al pago de los mismos un año después, ante la intimación se presenta el letrado de la concursada diciendo que su cliente había fallecido ya con anterioridad de la notificación de la regulación.
Se presenten los herederos y cuando solicitamos los intereses el juez los calcula desde la notificación a los mismos y declara "ineficaz" la notificación a la concursada porque esta muerta cuando se efectuó.
Uds que opinan? al haber notificado en el constituido tengo forma de impugnar la "ineficacia" declara por el Juez?????
Gracias!!!!