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 #1100859  por zurdobessio15
 
Hola foro, estoy por realizar mi primera operacion inmobiliaria a pedido de amigos por supuesto, quiero controlar no equivocarme por lo cual recurro a ustedes con mas experiencia,asesoro a la parte compradora; asi que le pedi en principio para controlar : Informe de dominio, Informe de Inhibiciones,libre deuda de impuestos y fotocopia de escritura;estoy esperando en esta semana me estarian entregando la documentacion, pero me comento uno de los compradores en detalle la situacion; son siete terrenos en Pcia. de Bs. As.y seis compradores es decir que uno de ellos compraria dos lotes y por otra parte quien es vendedor hasta el momento no hablo en ningun momento de contar con una escritura, si dijo que cuenta con una cesion de derechos y acciones posesorias onerosa a su favor mas una certificacion notarial de firmas de dicho documento: entonces digo tambien pido informe sobre la inscripcion de dicho documento? y en todo caso si no hubiera escritura ya tendria que intervenir un escribano para que en el acto de compra venta se realize tambien la escritura que falta? sino nunca podria vender...agradesco mucho quien me ayude no quiero meter la pata
 #1100889  por legalescom
 
Ante todo, si te hacen una cesión de derechos posesorios, aunque fuere por escritura privada, con certificación de firmas por escribano pública, o por escritura pública, no podrás inscribir el bien, a nombre del comprador, hasta que éste no tramite el respectivo juicio de usucapión, debiendo evaluar, previamente, si no ha habido otras ventas, o no hay poseedores en los inmuebles respectivos.
 #1100946  por zurdobessio15
 
a ver si entendi para vender si o si la escritura o en su defecto el juicio de usucapion? y que conste luego la inscripcion respectiva del inmueble? recien ahi se puede pensar en la nueva venta....mmmm con razon creo que aparece un impuesto con datos de parcela y todo lo demas a nombre del que quiere vender pero en la cesion de derechos a parece datos que no concuerdan con respecto al inmueble,disculpame una duda mas la cesion de derechos tambien se registra al igual que el titulo de propiedad?...gracias legalescom me diste una remano no queria dejar colgado a este flaco nunca compro nada, gracias otra vez.
 #1100976  por legalescom
 
Como, el que hace la cesión de derechos posesorios, no es el titular de dominio, sino un poseedor, nada se puede inscribir o asentar en el dominio respectivo. De todos modos, si por el precio, le conviene aceptar tal cesión y luego encargarse de hacer la usucapión, adelante; pero, antes estudiar muy bien, si quien cede la posesión, ha realizado verdaderos actos posesorios y si no existen otros poseedores en los referidos lotes.
 #1101078  por zurdobessio15
 
nono, quien es el vendedor obtuvo los inmuebles por cesion de derechos onerosa, acabo de ver el documento y dice cesion de derechos y" acciones posesorias" lo que no ha presentado es el titulo de propiedad sobre ninguno de los lotes, solo hay una certificacion notarial sobre la firma de la cesion y las respectivas huellas digitales, y en particular una constancia de pago por impuesto inmobiliario de arba donde concuerdan todos los datos pero no el numero de parcela, si aparece en el titular el nombre de la cesionaria pero tambien otro mas , esto me hizo dudar mucho, pero escucho tus consejos que pasos debo seguir, si me decis que le pare todo aca, lo hago, gracias.
 #1101091  por legalescom
 
Yo te diría que pares acá, salvo que estés dispuesto a promover una usucapión, con un final incierto.