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  • Usucapion. como sigo???

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 #867470  por brulito
 
Les pido ayuda como seguir con este caso: usucapión presente documentación que prueba que mi cliente ocupa el inmueble hace mas de 20 años realizo mejoras, tiene los planos registrados en la municipalidad donde está registrado también que pretende adquirir la propiedad por prescripción adquisitiva. El terreno figura a nombre de una SA. Como en su momento les consulte, pedí informe al Registro Público de Comercio e IPJ donde me informan un domicilio de la SA, doy traslado de la demanda y me contestan que no son ellos y que para el supuesto que VS considere lo contrario se allanan al pedido. El juez me pidió un informe de dominio con antecedentes registrales, luego de mucho tiempo que el registro informaba de manera incompleta el mismo llego completa la información, la presente al expediente y el proveído dice téngase presente. Les pido me digan como continuar, debo presentar escrito solicitando declare la cuestión de puro derecho y dicte sentencia??? O seguir produciendo más pruebas y solicitar a VS. se expida indicando si considera que la SA. a la cual di traslado de demanda es la titular registral del inmueble, en su caso si considera que no es la misma SA. Pedir publicación de edictos???
Les pido ayuda. Gracias. Saludos.
 #867514  por ebarreyro
 
No entiendo. Si es o no es la misma S.A. surge del informe de dominio. Revisando los estatutos, la escritura del inmueble, y en último término la designación de directores, surge si es o no la misma S.A.
Respecto de la declaración de puro derecho, no debería prosperar, porque la usucapión no puede ser de puro derecho.
 #867524  por legalescom
 
Adhiero a la postura de ebarreyro, no cabe el allanamiento en el proceso de usucapión, por estar en juego el orden público. Yo te diría que no lo apures al juez, más bien hacete "el sota", y diciendo, más o menos,: "Atento al informe ampliatorio del Registro de la Propiedad (glosado a fs. ), al allanamiento de la demandada, que dada su irrelevancia, en un juicio de estas características, solicito se abra el presente juicio a prueba, por el término de ley, proveyéndose a las ofrecidas". Después, contanos que te proveyeron.
 #867786  por brulito
 
Gracias por sus respuestas y ayuda los mantendre al tanto y seguramente pidiendo mas ayuda.
gracias saludos.
 #983426  por brulito
 
Hola les comento luego de un tiempo regreso mi clienta para continuar con este tema usucapión, paso un año del último proveído, donde el juez considero falta de legitimación pasiva a quien di traslado de demanda, una S.A. a cuya dirección arribe luego de pedir informe al Registro Público de Comercio, contesto que no surgía dato en sus registros, y la Dirección Provincial de Personas Jurídicas que informo una SA. Que tiene el mismo nombre, pero la titular registral del inmueble agrega a SA. COMERCIAL, INDUSTRIAL, AGROPECUARIA, yo di traslado de demanda a esta sociedad, contestaron diciendo que no eran, el juez pide acompañe informe de dominio con antecedentes registrales y resuelve dictar falta de legitimación pasiva.
En ese informe de dominio con antecedentes registrales surge un domicilio legal de la sociedad, donde seguramente ya no funciona mas, seguro que la SA, COMERCIAL, INDUSTRIAL, AGROPECUARIA ya no existe.
Ante este panorama les pregunto: les parece que pida al juez autorice nuevo traslado de demanda a fin de enderezar el reclamo al domicilio que surge en el informe o debo pedir oficio a IGJ para saber si aun existe la SA, COMERCIAL, INDUSTRIAL, AGROPECUARIA y domicilio actual para luego dar traslado???
Otra consulta en su momento, hace dos años el juez autorizo librar oficios a la municipalidad por documentación acompañada deberé pedirlos de nuevo o me dirá estese a lo ordenado a fs.xx???
Gracias.
 #988849  por MAJITOCIBER
 
Tengo un caso exactamente igual. Al ser una S.A. el juez debe tener por válido el domicilio constituido en el estatuto. O sea, el domicilio que informó el Registro Público de Comercio. Tenés que pedir la apertura a prueba porque ése es el domicilio constituido por la empresa. Si no se presenta, obviamente, la deben declarar en "rebeldia". La persona que contestó pidiendo el allanamiento no actua con legitimación pero el Juez no puede solicitarte que sigas informando porque evidentemente no ha estudiado mucho sobre el tema.
Hace una nueva presentación alegando que el domicilio constituido es el informado por el Registro y que ése es el constituido a los efectos legales. Que debe declararlo en rebeldia y así continuar con el proceso. Vas a tener que abrir a prueba, producirla y pedir el dictado de la sentencia.
Espero haber ayudado. Saludos!!!!
 #988899  por brulito
 
Gracias por responder te comento pedí dar nuevo traslado de demanda a fin de enderezar la pretensión a la SA adquirente en el domicilio legal constituido por el representante legal que figura en el informe de dominio con antecedentes registrales, el tema es que no creo que siga funcionando en ese lugar ya que esto consta del año 1968, en el registro público de comercio no constan datos, en la dirección provincial de personas jurídicas solo está registrada la SA. a la cual di el anterior traslado. Supongo que luego de esto vendrá la publicación de edictos????
Saludos
 #1101146  por Jodie2
 
Buenas Noches colegas: me pasa algo parecido en un juicio de usucapión, en el cual todavía no se provee la declaración de rebeldía de la parte demandada que no se presentó. Y quisiera presentar prueba anticipada ¿qué me sugieren ustedes? Escucho sugerencias. Gracias.
 #1131691  por brulito
 
Hola les consulto regreso cédula notificando rebeldía sin notificar, el informe indica que el portero dice que ya la sociedad no tiene oficina allí, esto sucedió también al dar traslado de demanda pero lo solucione notificando bajo responsabilidad, les consulto: 1. puedo solicitar que se tenga por constituido domicilio en los estrados del juzgado y se notifique por ministerio legis de aquí en mas? 2. Luego voy a pedir se abra a prueba debo solicitar también se nombre un defensor para la demandada rebelde o lo hace de oficio el juez?
Gracias
 #1131920  por marelis
 
En mi provincia habría que pedir que se notifique en domicilio de Secretaria y en cuanto a que se de parte al Defensor oficial yo no lo solicitaría ya que el juzgado tiene que hacerlo.