hola andresxeneises, el tema seria asi el 22 de abril sale el autos y vistos que decreta la caducidad a fs 31, a fs 32 de fecha 29 de mayo de 2014 presento un escrito manifestando que en el beneficio con numero.......... de expediente no se encuentra resuelta la notificación del daño,
es lo que te decia antes, no habia ningun impedimento para que continues el beneficio, y en todo caso lo que se hace normalmente es se sacan las 2 notificaciones (la del daños y beneficio) a todos, justamente para cortar la caducidad en ambos
me encuentro a la espera de dicha notificación , entonces es como que este escrito me dan por notificada, seria el escrito de fecha 29 de mayo, entiendo que cualquier como que dan por notificada a la presentación de este escrito..... por lo tanto me tienen por extemporáneo.....podre presentar un recurso por Queja??
y si hiciste alusion al escrito, medio que existio lo que se llama una notificacion tacita, aca te paso un fallo sobre el tema
La notificación tácita o implícita se da en aquellos supuestos en los cuales, sin necesidad de un acto formal de notificación, la parte conoce o se presume que ha podido conocer una resolución judicial (CNCiv., Sala F, 22-8-1996, LL 1997 A, 162 // ED 173, 31; ídem Sala A, 25-6-1996, JA 1997 II, 29; ídem Sala E, 28-5-1998, ED 179, 516).
ahora bien, entiendo que lo que habria que recurrir es el auto que tiene por extemporaneo al escrito, y no iria la queja ya que no te denegaron la apelacion sino que te dijeron que era extemporanea que son dos cosas distintas