Estimados colegas, estoy un poco confundida con la normativa que está vigente al día de hoy en el caso de los autónomo. Tengo una clienta cuyo esposo fallece en actividad en el año 2008 CON 64 AÑOS. Tenía inscripción de autónomo pero muy pocos pagos.
En este caso es viable comprar por ley 24476 no?, siempre y cuando se respeten las categorías de autónomos a partir de 10/1993? la normativa que está vigente es la resolución 555/2010?
Agradeceré sus comentarios. Saludos
En este caso es viable comprar por ley 24476 no?, siempre y cuando se respeten las categorías de autónomos a partir de 10/1993? la normativa que está vigente es la resolución 555/2010?
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