Hola colegas!
Escribo porque tengo una duda (ya escribí en el foro de "Temas Varios", pero no terminé de obtener una respuesta certera...). Espero puedan ayudarme!
La tramitación de un beneficio de la ley 26.913 (por haber sido víctima de la última dictadura militar, que tramita ante la Secretaría de Derechos Humanos de la Nación) en el marco de un proceso sucesorio, encarece una sucesión que no tiene acervo hereditario? Es decir, hace oneroso el patrimonio a suceder?
Estoy haciendo una sucesión en Capital Federal, y me solicitan indique para qué quiero iniciar la misma (ya que no hay bienes registrables). No sé si indicar que es para que la heredera-hija pueda tramitar este beneficio que les comento, porque no quiero que me cobren más dinero por tasa de justicia, y/o me regulen más honorarios a mí (realmente no sé si saldrá el beneficio, la heredera es conocida, no hay un sope, etc...).
Y si no indico lo del beneficio, qué digo?!?! Hace unos días que estoy con esto, dándole vueltas... Pensaba: podré decir que es por una cuestión personal de la heredera (que en parte también es así), que por una terapia psicológica le indican que debe darle un cierre a la muerte de su padre, blasa blasa blasa... Será o es mucha ficción?
Necesito de vuestra ayuda! Gracias!!
Escribo porque tengo una duda (ya escribí en el foro de "Temas Varios", pero no terminé de obtener una respuesta certera...). Espero puedan ayudarme!
La tramitación de un beneficio de la ley 26.913 (por haber sido víctima de la última dictadura militar, que tramita ante la Secretaría de Derechos Humanos de la Nación) en el marco de un proceso sucesorio, encarece una sucesión que no tiene acervo hereditario? Es decir, hace oneroso el patrimonio a suceder?
Estoy haciendo una sucesión en Capital Federal, y me solicitan indique para qué quiero iniciar la misma (ya que no hay bienes registrables). No sé si indicar que es para que la heredera-hija pueda tramitar este beneficio que les comento, porque no quiero que me cobren más dinero por tasa de justicia, y/o me regulen más honorarios a mí (realmente no sé si saldrá el beneficio, la heredera es conocida, no hay un sope, etc...).
Y si no indico lo del beneficio, qué digo?!?! Hace unos días que estoy con esto, dándole vueltas... Pensaba: podré decir que es por una cuestión personal de la heredera (que en parte también es así), que por una terapia psicológica le indican que debe darle un cierre a la muerte de su padre, blasa blasa blasa... Será o es mucha ficción?
Necesito de vuestra ayuda! Gracias!!
