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  • no mas registro de poderes??

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Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #1100655  por Esteban25
 
La circular no dice que no hay que registrar mas los poderes..
Dice que no hace falta ir con turno, que se puede hacer sin turno previo...Yo entiendo que no hay que hacer es reempadronarse (igual ya me reempadroné)...
Alguien consultó en alguna udai qué intepretan ellos?
 #1100683  por jbaroff
 
Si Dallafau!

Como te envidio! Villa Carlos Paz! *foto*

en fin, por lo menos no hay que registrar mas poderes, ni en villa carlos paz, ni en el conurbano de buenos aires, ni en ningun lado...
 #1100773  por lucky
 
Coincido con Esteban25. La circular NO dice que no hay que registrar Poderes, sino que se puede hacer SIN pedir turno para ello.
En esa interpretación me pregunto si se podrá registrar el Poder simultáneamente con el momento del inicio.
 #1100798  por NORMA
 
lucky escribió:Coincido con Esteban25. La circular NO dice que no hay que registrar Poderes, sino que se puede hacer SIN pedir turno para ello.
En esa interpretación me pregunto si se podrá registrar el Poder simultáneamente con el momento del inicio.
A mi también me queda esta guda !.
Gracias por subir la circular.
 #1100833  por MEI38
 
inessss escribió:no es una Resolucion es una circular y es circular 31/2015,asi que ya no hay que registrar poder desde el dia de ayer para ninguna jubilaciòn....para presentar la jubilaciòn moratoria 26970 yo siempre la presente con turno común nunca por asistencia asi puedo elegir la udai y nunca tuve problema

En que udai sacas turno comun para nueva moratoria inessss????
 #1102404  por claudiamv
 
Hola foristas, por lo que estuve viendo ahora en la pagina de afip, tambien se hace la revista y se imprime todo como la 24476, puede ser.