Hola a todos. Tengo una duda: Soy patrocinante de un cliente que es demandado en un juicio de daños. No firmé ningún convenio de honorarios ni PCL. Contesté demanda, ofrecí prueba, asisti a audiencia Art. 360 y actualmente está en etapa de prueba.
Mi cliente desapareció, y no tengo más contacto. Si renuncio al patrocinio, puedo solicitar regulación y cobro ahora, antes de que termine el proceso? Y, cuál sería la base regulatoria y porcentual aplicable?
Qué otra opción ven posible?
Les agradezco a todos desde ya, pero los tribunales, con distintas excusas, son renuentes a este tipo de pretensiones antes de la sentencia.
Mi cliente desapareció, y no tengo más contacto. Si renuncio al patrocinio, puedo solicitar regulación y cobro ahora, antes de que termine el proceso? Y, cuál sería la base regulatoria y porcentual aplicable?
Qué otra opción ven posible?
Les agradezco a todos desde ya, pero los tribunales, con distintas excusas, son renuentes a este tipo de pretensiones antes de la sentencia.