Si al decir 'inconsistencias' te referís a diferencias entre el procesamiento y el auto de elevación a juicio, ej. En la calificación legal, cuando en el primero es una y en el segundo otra, pero los hechos son iguales en ambos casos, desde ya te digo que la nulidad, por afectación al principio de congruencia, no va a proceder, siempre que los hechos sean los mismos.
En cuanto a la forma de plantearla, si estas dentro del periodo de la vista del rec de eleve a juic, y a martinfiberman le resulto hacelo así, aunque parece medio raro, ya que las causales de nulidad son unas y por las que podes oponerte a la elevación son otras, aunque, según el caso podrían coincidir.
El rechazo de cualquiera de los dos planteos, en forma conjunta o separada, son susceptibles de apelación.
Mucha suerte