Hola a todos.
En enero de 2.013 inicié pedido de transformación de "pensión derivada de jubilación ordinaria" a "pensión derivada de jubilación como docente universitario". ACLARO que 10 días antes de fallecer, el JUBILADO había iniciado (en Marzo de 2.011) el pedido de transformación de su jubilación, el cual quedó sin efecto por el fallecimiento del titular. Al morir él, inicié el pedido de su viuda (dos años después, a causa de otros problemas que no vienen al caso) pero con el antecedente del trámite del marido.
Resulta que hoy -Mayo de 2.014- la Sra. se fue a notificar de la resolución y me llama diciéndome que el retroactivo alcanza hasta el momento EN QUE ELLA INICIÓ EL TRÁMITE DE CONVERSIÓN DE PENSIÓN.
Yo no me especializo en Seg. Soc., pero tengo entendido que el retroactivo que corresponde es el del período comprendido entre el día del inicio del trámite hasta dos años hacia atrás.
¡Estoy equivocada?
Por favor, alguien que me desasne!! Quiero saber si tengo que apelar.
Gracias!!
En enero de 2.013 inicié pedido de transformación de "pensión derivada de jubilación ordinaria" a "pensión derivada de jubilación como docente universitario". ACLARO que 10 días antes de fallecer, el JUBILADO había iniciado (en Marzo de 2.011) el pedido de transformación de su jubilación, el cual quedó sin efecto por el fallecimiento del titular. Al morir él, inicié el pedido de su viuda (dos años después, a causa de otros problemas que no vienen al caso) pero con el antecedente del trámite del marido.
Resulta que hoy -Mayo de 2.014- la Sra. se fue a notificar de la resolución y me llama diciéndome que el retroactivo alcanza hasta el momento EN QUE ELLA INICIÓ EL TRÁMITE DE CONVERSIÓN DE PENSIÓN.
Yo no me especializo en Seg. Soc., pero tengo entendido que el retroactivo que corresponde es el del período comprendido entre el día del inicio del trámite hasta dos años hacia atrás.
¡Estoy equivocada?
Por favor, alguien que me desasne!! Quiero saber si tengo que apelar.
Gracias!!