seti escribió:buenas tardes, es mi primer jubilación y tengo dudas de como completar el sicam en la situación de revista, tengo un cliente que tiene 2 años de art.19, es un extranjero, al momento de completar debo poner: fecha de inicio: ingreso al país, fecha de cese: los que suman 30 años de aportes o descontarle los años de art.19? espero su ayuda, muchas gracias!!!
Hola, esto ya lo preguntaste en otro post...tenes que descontar de los 30 años que necesita el exceso de edad si es que lo tiene.
Con respecto a los periodos a comprar si, podria ser desde el mes posterior al ingreso al pais y siempre que haya sido a partir de los 18 años.
Publica los datos del señor, fecha de nacimiento, fecha de ingreso al pais y como armarias el plan asi lo controlamos.Sds.