diegotower escribió:Estimados, llega una cobnsultante al que a su hijo le acordaron una pensión por invalidez, con fecha inicial de pago en 2012, pero desde esa fecha no puede cobrar, En el Ministerio de Desarrollo social la enviaron a Anses para q abra una cuenta, en Anses le dijeron q vuelva a Desarrollo, es una señora muy humilde espero que alguno me pueda orientar al respecto!! desde ya que no le cobrare nada a esta señora, es mas, me afirma q una letrada le cobro 11000 pesos para hacerla, cuando esta es una pension que no conlleva ningun costo, le recomendare q la denuncie a tal letrada al Colegio de Abogados que corresponda.
Desde ya alguna sugerencia sera bienvenida!!!!
antes que nada tiene que ponerse a estudiar
las normas basicas que rigen el derecho previsonal porque se nota que no sabe ni donde esta parado, esta mezclando desarrollo social con anses y ni sabe quien le otorgo el beneficio ni bajo que ley
eso de que no le cobrara nada no se lo voy a creer primero porque ya lo hemos escuchado de varios sinverguenzas que vienen aca a desburrarse, haciendose los altruistas, que son los tios, los padres, o que son unos indigentes y zarazaraza, y les gusta la tarasca mas que a cualquiera. segundo porque no corresponde no cobrar, si uno trabaja corresponde cobrar honorarios, asi que vaya a mandarse la parte a otro lado, aca defendemos nuestro trabajo como profesionales que somos, el que no tiene plata que recurra a los organismos solito o que vaya a los patrocinios gratuitos.
ud es un reverendo infeliz que despretigia a todos los abogados porque no solo se manda la parte diciendo que no va a cobrar por el trabajo que hace, cosa que ya dije no corresponde y va contra la propia ley de ejercicio profesional, sino que encima ensucia a otro colega diciendo que cobro un dinero que vaya a saber si es cierto, y en tal caso cuesta creer que alguien tan humilde como ud dice pague 11000 a un abogado
hay que ser reventado para mandar a la gente a denunciar al colegio de abogados, ud no debe ser abogado y si lo es deberian suspenderle la matricula por infeliz, sinverguenza y por violar la ley de ejercicio profesional