Hola colegas, se presento un interrogante respecto al siguiente tema: Una hija construye su casa arriba de la casa de la madre. osea contruccion en terreno ajeno. la cuestion es que son 4 hermanos que no se llevan nada bien y en caso de que la madre muera se imaginan que no le van a querer reconocer la construccion e indemnizarla. lo que se me ocurrio el lo siguiente a ver si estoy bien orientada, esta gente no tiene plata para pagar por hacer el reconocimiento por escritura publica pero se me ocurrieron dos posibilidades a ver si uds. las creen viables.
1.- Que la madre reconozca por instumento privado con firma certificada que la parte de arriba se hizo con plata de su hija y en caso de vender debera indemnizarcela por el mayor valor que le dio a la propiedad (se que todas las cuestiones atenientes a inmuebles son por escritura publica), pero lo que pense es que en el mismo instrumento por lo menos firmen dos de los hermanos asintiendo este reconocimiento.
2.- Que el reconocimiento se haga por testamento ológrafo.-+
Que piensan alguna otra idea?
1.- Que la madre reconozca por instumento privado con firma certificada que la parte de arriba se hizo con plata de su hija y en caso de vender debera indemnizarcela por el mayor valor que le dio a la propiedad (se que todas las cuestiones atenientes a inmuebles son por escritura publica), pero lo que pense es que en el mismo instrumento por lo menos firmen dos de los hermanos asintiendo este reconocimiento.
2.- Que el reconocimiento se haga por testamento ológrafo.-+
Que piensan alguna otra idea?
