Hola colegas quisiera consultar que opinan es causa propia el coheredero y su abogada están enervados sin razón alguna luego de la decalratoria y con un ofrecimiento de esta parte de compra que aceptaron verbalmente, al otro dia me metieron una denuncia en el colegio de ética sobre conducta, el expte paso ds mese para allá sin nada todavía, y cuando regreso solicitan esto les copio el proveido qu debería hacer??? es urgente me gustaría me den su opinión.-gracis.-
Buenos Aires, de junio de 2015.- MAR fs. 151 Al escrito de fs. 149: En atención a la existencia de un único bien denunciado que integra el acervo hereditario de la causante no corresponde acceder a la partición requerida.- Respecto de la designación de administrador estése a los términos de lo resuelto a fs. 112 y en orden a la notificación obrante a fs. 127 dirigida al administrador designado, peticione lo que estime corresponder.- Al escrito de fs. 150: Reitérese el oficio solicitado al ANSES haciéndose saber que el mismo deberá ser contestado en el plazo de diez días, bajo apercibimiento de dar cumplimiento con lo dispuesto por el art. 398 del Código Procesal.-
Buenos Aires, de junio de 2015.- MAR fs. 151 Al escrito de fs. 149: En atención a la existencia de un único bien denunciado que integra el acervo hereditario de la causante no corresponde acceder a la partición requerida.- Respecto de la designación de administrador estése a los términos de lo resuelto a fs. 112 y en orden a la notificación obrante a fs. 127 dirigida al administrador designado, peticione lo que estime corresponder.- Al escrito de fs. 150: Reitérese el oficio solicitado al ANSES haciéndose saber que el mismo deberá ser contestado en el plazo de diez días, bajo apercibimiento de dar cumplimiento con lo dispuesto por el art. 398 del Código Procesal.-
