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Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #1105092  por ccolalongo
 
El telefonograma lo manda cualquiera, pero ya las comunicaciones de inicio de reclamo laboral (que además tienen muchos renglones) va a tener que otorgar un poder notarial.
Lionel Hutz escribió:¿Y puede hacerlo su hija en representación? ¿O un apoderado ante la imposibilidad motriz de la trabajadora?
 #1105103  por DRA. MACA
 
Lionel Hutz escribió:¿Y puede hacerlo su hija en representación? ¿O un apoderado ante la imposibilidad motriz de la trabajadora?
Creo que wooten, ccolalongo y yo hemos sido claros: sin poder ante escribano NADIE puede enviar el telegrama.
 #1105197  por Dra_Nieva
 
Buenas tardes. En un caso similar yo lo hice enviar por la esposa y después cuando el estuvo mejor le ratifico todo lo actuado por ella. En el expediente laboral no tuve problemas por mas que negaron la representación por carta documento, después la reconocieron en sede judicial. Al menos a mi me funciono.
salutes