marluwill escribió:qUERIDOS FORISTAS UNA PREGUNTA PERDONEN LA IGNORANCIA. LAS DEMANDA DE ALIMENTOS Y LA DE TENENCIA SE HACEN APARTE? SALUDOS.
Por lo general no. Pero una vez interpuesta la demanda de alimentos, en la audiencia que fija el juez para llegar a un acuerdo, podes meter la tenencia. O sino viceversa, pedis la tenencia, y en la audiencia con la consejera, metes los alimentos. A mi me paso que en el regimen de visitas entablado por el padre, se metio en la audiencia los alimentos que quedaron fijados en esa misma causa, sin necesidad de presentar una por esa causal. Saludos.