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Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #1107356  por AbogadoJoven
 
En el caso que un trabajador sufra un accidente de transito in itinere, la indemnizacion que otorga la ART se acumula a la que se le reclama a la aseguradora, o solo se puede ir por la via civil si se acreita q la misma es insufciente.
 #1107509  por gl2011
 
Una cosa es lo que corresponde reclamar a la art respecto las prestaciones dinerarias y en especie. Y otra muuy distinta es reclamar por el accte de transito.
La primera indemniza,si se quiere, en tanto y en cuanto haya una incapacidad.
La via civil toma en cuenta rubros no contemplados en la ley tarifada. Daño emergente,lucro cesante,etc,etc.
Slds
 #1107537  por slipping
 
Podés reclamar simultáneamente, pero lo que pague el seguro (suponiendo que te paga primero) se descuenta después de lo que pague la ART, así que entre ambos se empiezan a pelear a ver quien paga primero... en un caso lo que hice fue pedir mediación con el seguro y aceptar una suma que a mi clienta le servía y luego se continuó con el reclamo contra la ART. El seguro pagó unos 50 mil, y la ART después de más de 1 año y con apelación a la CMC, tres veces más. Espero te sirva la experiencia.
PD: Cuando el seguro es una porquería, directamente voy contra la ART (por ej, en un caso contra Agrosalta, en que mi cliente había sido chocado por un remís que se caía a pedazos).