anamy00 escribió:Hola a todos! alguien me puede decir cual es el tope que puede percibir un retirado militar, por su retiro de las fuerzas: para poder hacerle la jubi por la 24476 de contado? Gracias!
1) TENES QUE TENER LA AUTORIZACION DE LAS FF.AA. DONDE SE DESEMPENO, DONDE AUTORICE A REALIZAR TAREAS AJENAS A LAS FF.AA. SI LOS PERIODOS COMPRADOS ESTAN DENTRO DE LOS PERIODOS QUE ESTUVO EN LAS FF.AA. O SEA PERIODOS SIMULTANEOS
2) DE CORRESPONDER , EL TOPE ESTA DETERMINADO ENTRE LO QUE COBRA DE RETIRO MAS LA JUBILACION DE ANSES, NO PUDEINDO SUPERAR EL HABER ACTUAL DEL GRADO GRAL. DE BRIGADA
SEGUN ART 2 DE LA LEY 22477 , AGREGADO COMO ART. 80 BIS DE LA LEY 19101