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  • Despido justificado con causa falsa

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Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #1022728  por marthelx
 
Muchisimas gracias. Super claro, no sabia el tema del decreto. Aprendi algo nuevo. Se intima ahora para que en 30 dias entregue certificado o en 30 dias se envia la carta documento?
 #1022735  por crixus83
 
Transcurridos los 30 días, se intima por 48 hs por art. 80.-
"Habiendo transcurrido 30 días desde el despido sin justa causa, intímole plazo dos días hábiles entregue certificados de servicios, remuneraciones y de trabajo en los términos del art. 80, LCT (según ley 25.345) y acredite el depósito de aportes previsionales por el verdadero salario percibido, bajo apercebimiento de iniciar acciones judiciales con fundamento en los arts. 80 y 132 bis, LCT, según ley 25.345 (y su decreto reglamentario 146/2001) -sanción conminatoria e indemnización- e iniciar denuncia administrativa y acciones con fundamente en la ley penal tributaria."
 #1022874  por marthelx
 
Esta es la carta que mandaria. Que te parece?

Niego la causa invocada por falaz, maliciosa e inexistente. Niego haberme desempeñado en mis tareas en forma manifiestamente ineficiente, niego desobediencia a las instrucciones recibidas, niego atraso en la realización de recopilación de información, niego reacciones descorteses con mis superiores. Lo que usted realmente pretende es simular intencional y maliciosamente un despido sin causa y así evitar el pago de las indemnizaciones que genera un despido incausado.
Denuncio que mi real fecha de ingreso era 01/08/2012, que mi real categoría era Administrativo clase A según CCT 130/75, que mi real jornada laboral era en modalidad completa cumpliendo un horario de Lunes a Viernes de 15:00hs a 23:00hs y los Sábados de 14:30hs a 20:00hs, en disidencia a la jornada parcial declarada en mi recibo de sueldo en forma deficiente. Consecuentemente denuncio que mi sueldo bruto debió ser de $7.399,55 (pesos siete mil trescientos noventa y nueve con 55/100 ctvs.) más comisiones promedio entre $1.500,00 (pesos mil quinientos) y $2.500,00 (pesos dos mil quinientos) las cuales eran abonadas informalmente o en “negro”.
Intimo 48hs abone sueldo Febrero 2014, SAC y vacaciones proporcionales, horas extras laboradas y adeudadas desde el 01/08/2012 al 28/2/2014, diferencias salariales, integración mes de despido, indemnización sustitutiva de preaviso e indemnización por antigüedad bajo los términos aplicables de Ley Nº 20.744 y Ley Nº 25.323 Art. 1 y Art. 2, dejando constancia de que la presente sirve de intimación fehaciente de este último.
Queda usted debidamente notificado. Reservo derechos
 #1108204  por wooten
 
Antonio68 escribió:Si ha habido un despido improcedente te corresponde una indemnización.
Puedes consultar en este artículo de MarbenAbogados donde te informa de los pasos y la cuantía que te corresponde.
Este es un Foro de Abogados de Argentina y no de España, querido. Si allá están muertos de hambre tratá de disimularlo un poco, si hay miseria siempre es mejor que no se note. Venir a querer afanarte un cliente a través del Atlántico, qué falta de dignidad, por favor. Inclusive sos tan estúpido que metés el chivo en un cruce de interconsultas entre abogados. Más zonzo, imposible.