hola,me han dejado por debajo de la puerta en san juan una cedula de notificacion de rio tercero,x adelantar con linea amarilla,el dia 21/10/10,en la cual me exigen el pago de 2400 pesos con al advertencia de q si no pago no podre renovar mi carnet q es profesional ademas de quitarme 10 puntos.
Estuve leyendo la ley 8560 y el articulo 109 prevee se envie el expediente al juzgado de faltas de san juan para hacer los descargos,etc,el art 116 en donde figuran los eximientes de los ariculos y el 117 q rebaja a un tercio el importe;ademas lei en el foro q si no se firma ninguna conformidad del acuso del recibo de la cedula es como q no la habiera recibido x lo q no deberia hacer nada???
el tema es q si cdo tenga q renovar el carnet no lo pueda hacer q hago si es mi medio de trabajo,desde ya muchas gracias
Estuve leyendo la ley 8560 y el articulo 109 prevee se envie el expediente al juzgado de faltas de san juan para hacer los descargos,etc,el art 116 en donde figuran los eximientes de los ariculos y el 117 q rebaja a un tercio el importe;ademas lei en el foro q si no se firma ninguna conformidad del acuso del recibo de la cedula es como q no la habiera recibido x lo q no deberia hacer nada???
el tema es q si cdo tenga q renovar el carnet no lo pueda hacer q hago si es mi medio de trabajo,desde ya muchas gracias
