Buenas, me consultaron por un divorcio de común acuerdo donde sólo tienen un departamento como bien ganancial el cual ya esta en venta y se dividirá en partes iguales entre los cónyuges , y el interés de mis clientes es evitar pagar tasa judicial por el mismo. Alguien me podrá aclarar que convendría colocar en el convenio regulador de la demanda de divorcio?? Hago referencia a que el único bien inmueble será vendido y repartido en partes iguales ?? Leí en otros post que colegas aconsejaban no hacer referencia a la liquidación de la sociedad conyugal, pero con el nuevo código en el convenio regulador es necesario hacer referencia al hogar conyugal?? Gracias
la unica opcion dentro de lo prolijo entiendo que es vender el inmueble primero y divorciarse despues
despues sino la otra opcion que veo, la desprolija, como dicen no decir nada en el divorcio, y vender el inmueble como si no hubieran iniciado el divorcio y estuvieran casados
