La situación es que mi clienta se mudo a un edificio y el departamento es viejo, por lo tanto decidio realizar algunas reformas.
La consulta es la siguiente, el ADMINISTRADOR del Consorcio, quiere entrar al departamento de mi clienta para ver las reformas que hizo.
Por lo que pude observar en la ley de consorcios no dice nada al respecto.
Ahora bien, esta OBLIGADA a dejarlo pasar a su departamento?
Como puedo evitar esta situación?
La consulta es la siguiente, el ADMINISTRADOR del Consorcio, quiere entrar al departamento de mi clienta para ver las reformas que hizo.
Por lo que pude observar en la ley de consorcios no dice nada al respecto.
Ahora bien, esta OBLIGADA a dejarlo pasar a su departamento?
Como puedo evitar esta situación?