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 #1109170  por ELIDA11
 
Estimados colegas: durante la feria vino a verme una persona que tiene un juicio laboral con sentencia de hace 8 años. Hasta ahora la prescripción era de 10 años. A partir de mañana es de 5 años. Pregunto porque me queda la duda. A esa sentencia cual p`lazo de prescripción se le aplica, la de 10 años o la de 5 años. Gracias por una pronta respuesta
 #1109196  por legalescom
 
Por el art. 7 del Nuevo Código Civil y Comercial, se aplica el Código aún, hoy, vigente.
 #1109210  por andresxeneizes
 
no coincido, en general se aplica el art 7 de la manera que decis, salvo en los capitulo que el codigo disponga lo contrario

en relacion a la prescripcion es uno de ellos
ARTICULO 2537.- Modificación de los plazos por ley posterior. Los plazos de prescripción en curso al momento de entrada en vigencia de una nueva ley se rigen por la ley anterior.
 #1109258  por legalescom
 
Estimado colega preopinante, respecto a la aplicación del Nuevo Código Civil y Comercial, a la prescripción, sobre el Código derogado, tendrías razón; aunque, en el caso concreto traído a consulta, ello no sería así. Ante todo, volquemos íntegro el art. citado, que dice:

Art. 2537.- Modificación de los plazos por ley posterior. Los plazos de prescripción en curso al momento de entrada en vigencia de una nueva ley se rigen por la ley anterior. Sin embargo, si por esa ley se requiere mayor tiempo que el que fijan las nuevas, quedan cumplidos una vez que transcurra el tiempo designado por las nuevas leyes, contado desde el día de su vigencia, excepto que el plazo fijado por la ley antigua finalice antes que el nuevo plazo contado a partir de la vigencia de la nueva ley, en cuyo caso se mantiene el de la ley anterior.

O sea, por el código derogado, restarían 2 años, para la prescripción, y por el Nuevo Código, habida cuenta que se contabiliza desde su vigencia, le quedarían 5 años más, o no ?
 #1109260  por andresxeneizes
 
yo entiendo que tiene solo 2 años mas, los 5 no son una renovacion o ampliacion de plazo, sino son solo una reduccion al plazo anterior, que no corre para este