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  • COSTAS POR SU ORDEN

  • Lugar de consulta entre los colegas sobre lo que estipulan las Leyes Arancelarias que rigen nuestra profesión.
Lugar de consulta entre los colegas sobre lo que estipulan las Leyes Arancelarias que rigen nuestra profesión.
 #1111374  por Daniela4cchi
 
Estimados colegas: se me presentó la siguiente situación en un expediente que tramita en el fuero comercial- Ordinario-( C.A.B.A.), presentamos un acuerdo el cual fue homologado pero como no se pactó en el mismo quien asumiría el pago de los honorarios del mediador y del perito contador que intervinieron en las actuaciones, solicité que el Juzgado se pronuncie sobre la imposición de costas, a lo cual han resuelto en el orden causado.
Mi pregunta es, dada la forma de imposición de las costas, en qué porcentaje la parte actora y la parte demandada tienen que efectuar el pago de los honorarios a los profesionales.
Aclaro que el perito contador solo realizó una pericia a los efectos de expedirse sobre la procedencia de una medida cautelar solicitada (IGB sobre los demandados), el expediente nunca se abrió a prueba.
Quedo a la espera de quien pueda ayudarme. Muchas gracias.
 #1111379  por Pachita
 
Hola Daniela

En casos similares que he tenido ha sido el 50% de los honorarios regulados, o sea, cada parte abona el 50% del total de los honorarios regulados. Espero te haya ayudado

Saludos
 #1111577  por Squonk
 
Cuando las costas son por su orden, las comunes son por mitades
 #1111930  por Daniela4cchi
 
Si, el tema es que la pericial contable como fue producida al solo efecto de obtener la traba de la medida cautelar que pedí sobre los demandados me genera duda si es un gasto común, o solo en beneficio de mi parte.