Con el nuevo regimen de la ley de sociedades la S.H. tradicional cambio, antes los socios respondian solidariamente frente a terceros, ahora lo hacen en forma mancomunada por partes iguales salvo las excepciones de la ley.
Que argumentos podriamos usar para poder seguir demandando a las S.H. y a los socios de la misma en forma solidaria como con el viejo regimen. Antes planteabamos la demanda y mencionabamos a los socios, tambien demandandolos, y ya eso bastaba meterlos en forma solidaria. Ahora al hacer eso los traemos como demandados pero lo seran en forma mancomunada.
A alguien se le ocurren algunos? yo estoy tildado
Que argumentos podriamos usar para poder seguir demandando a las S.H. y a los socios de la misma en forma solidaria como con el viejo regimen. Antes planteabamos la demanda y mencionabamos a los socios, tambien demandandolos, y ya eso bastaba meterlos en forma solidaria. Ahora al hacer eso los traemos como demandados pero lo seran en forma mancomunada.
A alguien se le ocurren algunos? yo estoy tildado
Cuando una multitud de cuervos rodeaba al cliente al grito de "que pague!, que pague!", se hizo presente el señor y dijo "el que este libre de inflar una liquidacion, que arroje la primer calculadora"