Estimados colegas, me llego un caso sobre un abogado que trabajo 1 año en negro en un estudio jurídico externo de Liderar, lo hacían facturar al titular del estudio una parte; y otra parte a Abasto Shopping ( cliente de ellos). El estudio hace lo mismo con todos los abogados, solo duran un año y luego lo cambian. Por otro lado, realizaba tareas para Liderar ( cliente de ellos), yendo a audiencias, contestando demandas y escritos de mero tramite.
La pregunta son las siguientes: ¿ Siendo cliente del estudio, estamos ante un caso de tercerizacion ? o solo puede reclamar honorarios por servicios prestados ?
¿ Es responsable solidario ?
¿ Si las facturas son correlativas y coinciden con los pagos en cheques ( tiene las fotocopias ), debería pedir oficio a los bancos para su autenticidad ?
¿ Que multas se aplicarían y que convenio colectivo de trabajo ?
Saludos
La pregunta son las siguientes: ¿ Siendo cliente del estudio, estamos ante un caso de tercerizacion ? o solo puede reclamar honorarios por servicios prestados ?
¿ Es responsable solidario ?
¿ Si las facturas son correlativas y coinciden con los pagos en cheques ( tiene las fotocopias ), debería pedir oficio a los bancos para su autenticidad ?
¿ Que multas se aplicarían y que convenio colectivo de trabajo ?
Saludos
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