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 #1113523  por edga19
 
Estimados colegas, me llego un caso sobre un abogado que trabajo 1 año en negro en un estudio jurídico externo de Liderar, lo hacían facturar al titular del estudio una parte; y otra parte a Abasto Shopping ( cliente de ellos). El estudio hace lo mismo con todos los abogados, solo duran un año y luego lo cambian. Por otro lado, realizaba tareas para Liderar ( cliente de ellos), yendo a audiencias, contestando demandas y escritos de mero tramite.
La pregunta son las siguientes: ¿ Siendo cliente del estudio, estamos ante un caso de tercerizacion ? o solo puede reclamar honorarios por servicios prestados ?
¿ Es responsable solidario ?
¿ Si las facturas son correlativas y coinciden con los pagos en cheques ( tiene las fotocopias ), debería pedir oficio a los bancos para su autenticidad ?
¿ Que multas se aplicarían y que convenio colectivo de trabajo ?

Saludos
 #1113750  por andresxeneizes
 
¿ Siendo cliente del estudio, estamos ante un caso de tercerizacion ? o solo puede reclamar honorarios por servicios prestados ?
habia relacion de trabajo o locacion de servicios, en la primera se paga sueldo, en la segunda honorarios
¿ Si las facturas son correlativas y coinciden con los pagos en cheques ( tiene las fotocopias ), debería pedir oficio a los bancos para su autenticidad ?
si
¿ Que multas se aplicarían y que convenio colectivo de trabajo ?
multas las de la ley de empleo
cct tengo entendido que no hay para esta actividad
 #1113770  por edga19
 
andresxeneizes escribió:
¿ Siendo cliente del estudio, estamos ante un caso de tercerizacion ? o solo puede reclamar honorarios por servicios prestados ?
habia relacion de trabajo o locacion de servicios, en la primera se paga sueldo, en la segunda honorarios
¿ Si las facturas son correlativas y coinciden con los pagos en cheques ( tiene las fotocopias ), debería pedir oficio a los bancos para su autenticidad ?
si
¿ Que multas se aplicarían y que convenio colectivo de trabajo ?
multas las de la ley de empleo
cct tengo entendido que no hay para esta actividad
Los oficios se mandan al banco cental de la republica argentina, cuando tiene la factura y le falta el cheque,

Se tiene que pedir oficio a la AFIP?

Investigando vi que aplican el 130/75 para empleados de estudios juridicos y contadores. Tenes Jurisprudencia, porque encontre solo un fallo.-

Gracias Andres!!!
 #1113819  por andresxeneizes
 
primero tenes que buscar toda la documentacion que puedas recoger, en este caso saber en que banco tiene tu cliente la cuenta, el numero de cuenta, el resumen de cuenta de los meses que le pagaron y de donde provino el deposito, con esto vas a pedir oficio al banco de tu cliente, y al banco de la otra parte para que te digan si las trasferencias que surgen del resumen de cliente de tu cuenta se realizaron por esos montos y en esas fechas

a afip oficias para que te diga si la relacion estaba registrada, lo que ya sabes que te van a decir que no

lo del 130/75, yo tengo entendido que hay fallos en sentido contrario de los que me decis, por eso no tengo ninguno, porque lo lei alguna vuelta nada mas, pero si hay fallos que dicen que si que va el 130/75, dale para adelante asi
 #1113844  por edga19
 
Gracias Rodirgo...si encontre un par de fallos.-

Incluso uno que se presento solo con las fotocopias de los expdientes donde esta autorizado y con el cargo del juzgado y gano con solo eso jejee. Voy a pedir oficio a los juzgados =)

Tenes jurisprudencia donde un autorizado en el expediente por su mandante, autorice a otra persona sin encabezar y/o que el mandante lo sepa.-

Saludos y Gracias