[quote="Emma2011"]Hola, saben si se puede enviar la pension derivada por web? de ser positiva la respuesta no encuentro la página...hace 2 meses que fallecio el beneficiario.Gracias[/quote
Pensión derivada automática por Internet
Es importante tener en cuenta que se debe solicitar dentro de los cuatro meses desde la fecha de fallecimiento del titular. Transcurrido este tiempo, tiene que pedir un turno a través de Mi ANSES o deberá comunicarse al 130, opción 2, para iniciar el trámite en una delegación de ANSES.
NO pueden tramitarse por Internet las siguientes pensiones:
• Las que pertenecían al Régimen de Capitalización.
• Las de fallecidos con anterioridad al mes de julio de 1994.
• Las de ex - cajas transferidas con marca de retiro de Policía o Penitenciaría.
• Las derivadas de una pensión Honorífica de veterano de Guerra del Atlántico Sur.
• Las de separado/a judicialmente o divorciado/a.
• Las de solicitante/s que hayan extraviado su Documento Nacional de Identidad.
• Aquellas en las que deba darse intervención a las Comisiones Médicas (Hijos mayores de 18 años incapacitados).
• Aquellas en las que los hijos solicitantes tengan cumplidos los 18 años a la fecha de petición.
• Aquellas, cuyos solicitantes, tratándose de hijos menores de 18 años, se encuentren representados por un tutor.
• Aquellas en las que el solicitante sea titular de una prestación por edad avanzada.