Colegas tengo una duda y es la siguiente: si inicio una jubilación en la que el titular tiene 16 años de aportes como empleado provincial, y 14 años de aportes en nación (entre autónomos y comprados) ¿Se jubilaría por Provincia, por el hecho de que tiene más aportes provinciales que nacionales???
El asunto es que la ley provincial dice:
Artículo 73.- tendrán derecho a la jubilación ordinaria los afiliados que:
a) hubieren cumplido sesenta (60) años de edad sin distinción de sexo;
b) acreditaren un mínimo de treinta (30) años de servicios con aportes en uno o mas regímenes del sistema de reciprocidad;
c) acreditaren aportes al insssep como mínimo durante veinte (20) años.
El tema es que conforme al último inciso -c)-, no llega a los 20 años de aportes provinciales, y lo ideal sería obtener una jubilación provincial ya que el haber sería bastante mayor.
Muchas gracias, Mariano
El asunto es que la ley provincial dice:
Artículo 73.- tendrán derecho a la jubilación ordinaria los afiliados que:
a) hubieren cumplido sesenta (60) años de edad sin distinción de sexo;
b) acreditaren un mínimo de treinta (30) años de servicios con aportes en uno o mas regímenes del sistema de reciprocidad;
c) acreditaren aportes al insssep como mínimo durante veinte (20) años.
El tema es que conforme al último inciso -c)-, no llega a los 20 años de aportes provinciales, y lo ideal sería obtener una jubilación provincial ya que el haber sería bastante mayor.
Muchas gracias, Mariano