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  • D.H. - SOLICITUD DE REGULACION DE HONORARIOS

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 #1115731  por carpediem777
 
Buenas colegas, leí bastante en el foro pero en verdad quedé confundido....por lo cual planteo directamente mi pregunta: puedo en una sucesion donde ya tengo declaratoria de herederos, solicitar de algún modo se regulen honorarios y, que los mismos sean sobre el valor real de los bienes?? (lo siguiente es solo a modo de comentario o desahogo: de entrada mi clienta me dijo que tenia la plata para pagarme, despues que en el lugar que pensó que estaba...no estaba más...si si si, asi como leyeron) :evil: aportes? comentarios? opiniones? consejos?? todo sera bienvenido!!!!!!!!!!!!!!!
 #1115734  por abogado_1987
 
carpediem777 escribió:Buenas colegas, leí bastante en el foro pero en verdad quedé confundido....por lo cual planteo directamente mi pregunta: puedo en una sucesion donde ya tengo declaratoria de herederos, solicitar de algún modo se regulen honorarios y, que los mismos sean sobre el valor real de los bienes?? (lo siguiente es solo a modo de comentario o desahogo: de entrada mi clienta me dijo que tenia la plata para pagarme, despues que en el lugar que pensó que estaba...no estaba más...si si si, asi como leyeron) :evil: aportes? comentarios? opiniones? consejos?? todo sera bienvenido!!!!!!!!!!!!!!!
¿dónde tramita?
 #1115844  por abogado_1987
 
carpediem777 escribió:Buenas Abogado1987!! tramita en Provincia, Dpto. Judicial de Lomas de Zamora...
Hola carpediem777, la unica excepción es cuando >

Respecto de la interpretación que corresponde darle a lo preceptuado por el art. 35 del Dec. Ley 8904/77, la regla en los procesos sucesorios, -respecto del valor que habrá de tomarse con relación a bienes inmuebles- es la utilización de la valuación fiscal al tiempo de la regulación, ello surge con meridiana claridad del inc. a) transcripto y es la postura seguida por la Cámara en la resolución atacada.
El caso excepcional contenido en el párrafo que sigue al inc. b) -valor mayor al de las valuaciones fiscales que surja de tasación, estimación o venta- se configura, cuando las mentadas determinaciones ya obraban en la causa al tiempo de la regulación y fueron aportadas por los herederos o realizadas a pedido de éstos -y, por supuesto, aceptadas por ellos- para actividades propias del trámite en curso. Esto es, cuando tales "valores reales" habían sido admitidos por los herederos y preexistían al momento en que se desarrolla la fase regulatoria de honorarios.

SCBA LP C 101003 S 22/12/2010 Juez KOGAN (SD)
Carátula: G. B. s/Sucesión ab intestato
Magistrados Votantes: Kogan-Genoud-Pettigiani-de Lázzari-Soria
Tribunal Origen: CC0000SN

http://juba.scba.gov.ar/Busquedas.aspx
 #1116160  por DiegoDV
 
Hola qué tal, una pregunta....un abogado amigo está llevando adelante la sucesíon de mis abuelos, en la que están mi padre y mis dos tíos... lo cierto es que por ser nuestro amigo a mi padre él no quiero cobrarle honorarios, pero a mis tios sí.... nosotros iniciamos la sucesión... aún estamos en la etapa inicial... qué deberíamos hacer?
 #1116171  por abogado_1987
 
DiegoDV escribió:Hola qué tal, una pregunta....un abogado amigo está llevando adelante la sucesíon de mis abuelos, en la que están mi padre y mis dos tíos... lo cierto es que por ser nuestro amigo a mi padre él no quiero cobrarle honorarios, pero a mis tios sí.... nosotros iniciamos la sucesión... aún estamos en la etapa inicial... qué deberíamos hacer?
Hola, mi consejo es que consultes personalmente a un abogado de tu confianza ...
 #1116172  por abogado_1987
 
carpediem777 escribió:Gracias abogado1987 por tu aporte/s!!! entonces no me quedará otra que llevar el tema "diplomáticamente" e intentar cobrarle en algún momento según el convenio de honorarios que firmamos....
de nada, suerte