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  • Rebeldia contestacion de la demanda

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Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #1116202  por Javnic
 
Colegas. Es la primera vez que contesto una demanda. Se trata de un laboral en Capital Federal. Espero no haber metido la pata.
La situación es así. Contesto una demanda laboral donde se demanda a la empresa y uno de los representantes. Yo me presento y contesto representando al apoderado de la empresa (que es el codemandado) pero representando a la empresa. (o sea contesto por la empresa)
Tienen por contestada la demanda y demás, pero la otra parte del proveído que dice o siguiente:
"En atención a las constancias de autos, encontrándose vencido el plazo previsto por el art. 68 de la L.O. (sustituído por el art. 37 de la Ley 24.635), según cédula notificatoria de fs. 50, hácese efectivo el apercibimiento dispuesto en el art. 71párrafo tercero de la ley 18.345 y declárase rebelde al co-demandado XXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXX."
Que puedo hacer??? Que implica esto
por favor una soga que estoy re preocupado
 #1116485  por andresxeneizes
 
y si tu cliente no contesto por derecho propio, y solo contesto en su caracter de presidente de la empresa no le veo demasiada vuelta al asunto

en todo caso plantea que el cliente contestaba tambien por derecho propio, sabiendo que probablemente te echen fly
 #1116559  por flux
 
Si de la redaccion de tu contestacion surge de la redaccion posterior al objeto que contestaste tanto por la razon social como por la persona fisica manda un recurso de reposicion solicitando que te tengan tambien por contestada la demanda por el codemandado
 #1116716  por Javnic
 
Consulte con un colega mucho más experimentado.Me dijo que presente un escrito solicitando que cese la rebeldía. Que no va a ser tan grave porque al estar contestado por la empresa igualmente se va a abrir a prueba y va a poder participar en el proceso, que perdió la oportunidad de contestar demanda y ofrecer prueba, pero que de todos modos iba a ser la misma. Que igualmente va a seguir todo su curso.
Espero que esto sea asi.
Por otro lado, el codemandado no figura en el estatuto de la sociedad. No es socio. Por ese lado podre presentar algo??, en tal caso, en que oportunidad??. Creo que ya es tarde pero bueno, voy a tratar de buscar alternativas.
Espero opiniones, desde ya gracias