Portal de Abogados

Un Sitio de Ley 

  • Jubilación Peón Rural

  • Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #1116856  por marianoc
 
Estimados colegas, les consulto en relación a las jubilaciones de peones rurales, mi duda consiste en que de si solamente se toman como servicios privilegiados aquellos períodos que son posteriores a la nueva ley de Trabajo Agrario N° 26.727; o si por el contrario hay formas de hacer valer como privilegiados los períodos anteriores que efectivamente han sido trabajados dentro del régimen agrario actual.

Muchas gracias desde ya, saludos Mariano.
 #1116862  por DiegoChaco
 
Hola, se pueden tomar como privilegiados todos los aportes que tenga de trabajo agrario, siempre y cuando, aporte pruebas de los mismos. Son pruebas necesarias: recibos de sueldo, certificac de serv, constancia de adhesión a OSPRERA (obra social de los rurales). También sirven como prueba: ddjj de 2 testigos y libreta del RENATRE.
Atte
Diego
 #1116883  por hugo2
 
DiegoChaco escribió:Hola, se pueden tomar como privilegiados todos los aportes que tenga de trabajo agrario, siempre y cuando, aporte pruebas de los mismos. Son pruebas necesarias: recibos de sueldo, certificac de serv, constancia de adhesión a OSPRERA (obra social de los rurales). También sirven como prueba: ddjj de 2 testigos y libreta del RENATRE.
Atte
Diego
Perfecto lo que dice diego, ademas tambien se toma como prueba la tarea desempeñada y la actividad de la empresa.