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Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #1117980  por NICOER
 
Buenas tardes. Si bien es mi primer consulta, recurro al foro usualmente, resultandome de suma utilidad, por lo que desde ya agradezco.
Tengo un cliente que el año que viene cumple la edad jubilatoria y en principio podría jubilarse utilizando la nueva moratoria. Actualmente es monotributista, trabajó en RRDD y los periodos que no registra actividad los completaría con moratoria. Tiene la posibilidad económica de pagar la liquidación de SICAM, que hoy entiendo podría hacerla por ley 24476, quedandome pendiente luego (al momento de iniciar el trámite) liquidar los periodos que van con la moratoria ley 26970. La pregunta es si consideran útil comprar los años hasta 09/1993 ahora y que los cancele y luego llegado el momento liquidar solo lo faltante, o consideran mejor hacer solo una liquidación al momento de presentar el trámite, "comprando" los años anteriores y posteriores al 09/93 según necesite.
Muchas gracias.
 #1117990  por Emma2011
 
NICOER escribió:Buenas tardes. Si bien es mi primer consulta, recurro al foro usualmente, resultandome de suma utilidad, por lo que desde ya agradezco.
Tengo un cliente que el año que viene cumple la edad jubilatoria y en principio podría jubilarse utilizando la nueva moratoria. Actualmente es monotributista, trabajó en RRDD y los periodos que no registra actividad los completaría con moratoria. Tiene la posibilidad económica de pagar la liquidación de SICAM, que hoy entiendo podría hacerla por ley 24476, quedandome pendiente luego (al momento de iniciar el trámite) liquidar los periodos que van con la moratoria ley 26970. La pregunta es si consideran útil comprar los años hasta 09/1993 ahora y que los cancele y luego llegado el momento liquidar solo lo faltante, o consideran mejor hacer solo una liquidación al momento de presentar el trámite, "comprando" los años anteriores y posteriores al 09/93 según necesite.
Muchas gracias.
El año que viene cumple la edad jubilatoria...los cumple dentro de la vigencia de la 26970?
 #1118349  por NICOER
 
Por favor, si alguien me puede dar una mano con esta consulta, se los agradezco.

Saludos!
 #1118355  por hugo2
 
NICOER escribió:Por favor, si alguien me puede dar una mano con esta consulta, se los agradezco.

Saludos!
Ya te dijo el forista anterior, hace todo cuando tenga la edad jubilatoria y listo.
 #1118360  por julialfa
 
Buenas tardes. Dentro de la experiencia que tengo te puedo decir que es mejor hacer la moratoria al momento que tiene la edad para jubilarse, de caso contrario al hacer nuevamente por el segundo tramo por ley 26970, se te va a complicar con la actual, dado que los pagos que hacés por ley 24476 se tomaran como pago a cuenta de la moratoria 26970.
Igual esperá otras opiniones.
Saludos cordiales.
Juli