Buenas tardes. Si bien es mi primer consulta, recurro al foro usualmente, resultandome de suma utilidad, por lo que desde ya agradezco.
Tengo un cliente que el año que viene cumple la edad jubilatoria y en principio podría jubilarse utilizando la nueva moratoria. Actualmente es monotributista, trabajó en RRDD y los periodos que no registra actividad los completaría con moratoria. Tiene la posibilidad económica de pagar la liquidación de SICAM, que hoy entiendo podría hacerla por ley 24476, quedandome pendiente luego (al momento de iniciar el trámite) liquidar los periodos que van con la moratoria ley 26970. La pregunta es si consideran útil comprar los años hasta 09/1993 ahora y que los cancele y luego llegado el momento liquidar solo lo faltante, o consideran mejor hacer solo una liquidación al momento de presentar el trámite, "comprando" los años anteriores y posteriores al 09/93 según necesite.
Muchas gracias.
Tengo un cliente que el año que viene cumple la edad jubilatoria y en principio podría jubilarse utilizando la nueva moratoria. Actualmente es monotributista, trabajó en RRDD y los periodos que no registra actividad los completaría con moratoria. Tiene la posibilidad económica de pagar la liquidación de SICAM, que hoy entiendo podría hacerla por ley 24476, quedandome pendiente luego (al momento de iniciar el trámite) liquidar los periodos que van con la moratoria ley 26970. La pregunta es si consideran útil comprar los años hasta 09/1993 ahora y que los cancele y luego llegado el momento liquidar solo lo faltante, o consideran mejor hacer solo una liquidación al momento de presentar el trámite, "comprando" los años anteriores y posteriores al 09/93 según necesite.
Muchas gracias.