BUENAS TARDES!! les comento un caso muy particular, que pasa y bastante: mi clienta (mendoza) trabajo para una empresa (de buenos Aires), en su ciudad (mendoza), por 4 meses, jamas se le abono los sueldos... se le enviaron los respectivos telegramas y ella se dio por despedida por exclusiva culpa y resp. de la patronal.... La empresa se comunico de manera telefonica con ella, y le ofrecio el 20% de lo que le correspondia segun liquidacion final y menos de la mitad de lo que se le debia en concepto de sueldos. Se aprovecharon de su necesidad y ella acepto... La hicieron firmar una supuesta demanda laboral, que fue presentada ante juzgado laboral de buenos aires y un mes despues, la hicieron viajar a Bs As., a los fines de desistir de la accion y derecho de los autos, le pagaron el dinero convenido entre ellos, repito, menos del 20% de la liquidacion final. El juzgado homologo el desistimiento efectuado. Posteriormente, presente la demanda laboral, en Mendoza, cuando se le corre traslado a la empresa, plantearon la excepcion por cosa juzgada... Ademas, los apoderados de la empresa, presentaron antes de la demanda en el juzgado de buenos aires, en Mendoza, homologacion de convenio laboral... mi pregunta es: que hago? tomo participacion en el expediente en el juzgado laboral de buenos Aires y planteo nulidad, por incompetencia del juzgado? y en el expediente que tramita en mendoza, que contesto? alguna opinion. Gracias!!!
ARTICULO 24. - Competencia territorial. En las causas entre trabajadores y empleadores será competente, a elección del demandante, el juez del lugar del trabajo, el del lugar de celebración del contrato, o el del domicilio del demandado.ahora una pregunta, la clienta primero manda el intercambio epistolar con vos y luego se fue por atras a cobrar guita?