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Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #1119157  por marita1980
 
Hola a todos, necesito ayuda por un tema de art. El empleado se accidenta el 7/4/15, se fractura rotula lo operan, le dan las prestaciones medicas y alta el 14/8/2015. Esperando la citación de la comisión medica por las secuelas incapacitantes que le informaban en el alta, como no llegaba, llamo a la ART quien informa que la prestación dineraria se debe reclamar a la empresa empleadora porque la poliza estaba rescindida por falta de pago. Los intime, y contestaron con dictamen.
Le consigo un medico en medicina laboral quien determina, " el sr x permanecerá con una incapacidad de acuerdo a la siguiente escala"... y detalla de acuerdo Baremo, 7.6 % de incapacidad. PERO DETALLA INCAPACIDAD LABORAL TEMPORARIA PARCIAL.
Yo no soy medica, soy abogada, pero entiendo que así, como le erró tambien en la edad, le ha errado en el tipo de incapacidad, primero dice "permanecerá" ( no detalla tiempo), luego dice TEMPORARIA, me marea pero tendré que hablar con él porque el empleado tiene ALTA MEDICA. y así, no tiene derecho a indemnización laboral mas que el sueldo, no se puede creer porque el chico casi renguea al caminar.
En caso de que me corrija la pericia de parte, que escala me aconsejan usar, la de VUOTTO MENDEZ? la de ley art la tengo como piso para recibir un ofrecimiento.
No hago laboral, esto es un favor, me dedico a previsional, pero lo peor es que el empleado esta aun en la empresa y no quiero que pierda trabajo, pero creo que vamos a juicio, que me aconsejan de formula para reclamar?? mil gracias
 #1119174  por andresxeneizes
 
no te calientes vas a tener que meter juicio a la empresa y ofrecer la pericia, la pericia que vale para el juez es la del perito del juzgado, pero acompaña lo que dice la art para que el perito ya vea que otro medico dijo que tiene incapacidad
 #1119258  por marita1980
 
Gracias por responderme, ahora a renegar con el medico de parte! ja, la guardare en el bolsillo...
 #1119938  por nouteda
 
1. Demandá a ambos. A la ART y a la parte empleadora. La ART sigue teniendo legitimidad pasiva, en todo caso que repita con la empleadora.
2. Debes usar para el cálculo la Formula Base del art. 14 inciso 2, apartado A de la LRT
3. La pericia médica del médico legista de parte quien lo puso ? vos o la ART ? Porque entendí que lo pusiste vos, pero pareciera que te lo mando el enemigo...
4. Pedite un SECLO ya ! tenes para 2 mese para ir a Alsina por el turno...
5. Lo importante va a ser la pericia médica en el proceso, lo que te informen las comisiones médicas, no sirve para nada...
Suerte.
 #1121747  por Caro36
 
Hola a todos, necesito urgente un modelo de impugnación de pericia, cualquier modelo me sirve, gracias