Hola a todos, necesito ayuda por un tema de art. El empleado se accidenta el 7/4/15, se fractura rotula lo operan, le dan las prestaciones medicas y alta el 14/8/2015. Esperando la citación de la comisión medica por las secuelas incapacitantes que le informaban en el alta, como no llegaba, llamo a la ART quien informa que la prestación dineraria se debe reclamar a la empresa empleadora porque la poliza estaba rescindida por falta de pago. Los intime, y contestaron con dictamen.
Le consigo un medico en medicina laboral quien determina, " el sr x permanecerá con una incapacidad de acuerdo a la siguiente escala"... y detalla de acuerdo Baremo, 7.6 % de incapacidad. PERO DETALLA INCAPACIDAD LABORAL TEMPORARIA PARCIAL.
Yo no soy medica, soy abogada, pero entiendo que así, como le erró tambien en la edad, le ha errado en el tipo de incapacidad, primero dice "permanecerá" ( no detalla tiempo), luego dice TEMPORARIA, me marea pero tendré que hablar con él porque el empleado tiene ALTA MEDICA. y así, no tiene derecho a indemnización laboral mas que el sueldo, no se puede creer porque el chico casi renguea al caminar.
En caso de que me corrija la pericia de parte, que escala me aconsejan usar, la de VUOTTO MENDEZ? la de ley art la tengo como piso para recibir un ofrecimiento.
No hago laboral, esto es un favor, me dedico a previsional, pero lo peor es que el empleado esta aun en la empresa y no quiero que pierda trabajo, pero creo que vamos a juicio, que me aconsejan de formula para reclamar?? mil gracias
Le consigo un medico en medicina laboral quien determina, " el sr x permanecerá con una incapacidad de acuerdo a la siguiente escala"... y detalla de acuerdo Baremo, 7.6 % de incapacidad. PERO DETALLA INCAPACIDAD LABORAL TEMPORARIA PARCIAL.
Yo no soy medica, soy abogada, pero entiendo que así, como le erró tambien en la edad, le ha errado en el tipo de incapacidad, primero dice "permanecerá" ( no detalla tiempo), luego dice TEMPORARIA, me marea pero tendré que hablar con él porque el empleado tiene ALTA MEDICA. y así, no tiene derecho a indemnización laboral mas que el sueldo, no se puede creer porque el chico casi renguea al caminar.
En caso de que me corrija la pericia de parte, que escala me aconsejan usar, la de VUOTTO MENDEZ? la de ley art la tengo como piso para recibir un ofrecimiento.
No hago laboral, esto es un favor, me dedico a previsional, pero lo peor es que el empleado esta aun en la empresa y no quiero que pierda trabajo, pero creo que vamos a juicio, que me aconsejan de formula para reclamar?? mil gracias