Colegas, les hago una consulta.
Cliente comete infracción de tránsito en Provincia de Córdoba. Si bien es firmada, quedarían extremos que le permitan hacer el descargo, sobre el cual me puse a trabajar. La duda: esta persona posee domicilio en Santa Fe. Cuando profundizo sobre la adhesión de Córdoba a la Ley Nacional de Tránsito, encuentro de que si bien existe, es parcial, excluyendo (a mi entender) la chance de exigir ser juzgado a menos de 60 km, pero no sobre la ejecutoriedad de la multa (o sea, la de "no pagues total no tiene convenio", que recuerdo fue utilizada en alguna época). Algún colega de Santa Fe o de alguna otra Provincia que haya estado detrás de un tema similar?
Desde ya, muchas gracias. Abrazo.
Cliente comete infracción de tránsito en Provincia de Córdoba. Si bien es firmada, quedarían extremos que le permitan hacer el descargo, sobre el cual me puse a trabajar. La duda: esta persona posee domicilio en Santa Fe. Cuando profundizo sobre la adhesión de Córdoba a la Ley Nacional de Tránsito, encuentro de que si bien existe, es parcial, excluyendo (a mi entender) la chance de exigir ser juzgado a menos de 60 km, pero no sobre la ejecutoriedad de la multa (o sea, la de "no pagues total no tiene convenio", que recuerdo fue utilizada en alguna época). Algún colega de Santa Fe o de alguna otra Provincia que haya estado detrás de un tema similar?
Desde ya, muchas gracias. Abrazo.