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Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #1120586  por simpleestudiante
 
Hola a todos, les comento que hice esta consulta en el foro previsional y nadie me contestó, quizá es acá donde debo consultar que seguramente hay abogados de empresa.

Pego la pregunta a ver si alguien me ayuda, quedé en dar una respuesta la semana entrante.

Hola a todos! no soy especialista en el fuero y es solo una consulta que imagino de rutina para quienes se dedican a esto. Vi que hay varios comentarios en el foro pero en ningún lado lo veo definido y necesito terminar de cerrar el tema.

Tengo mi cliente -empresa- que tiene una trabajadora en edad de jubilarse, cumplió 60 años, pero no tiene los 30 de aportes.
Veo que no se la puede intimar en virtud de esto y que de hacerlo eventualmente ella puede rechazar y acojerse a seguir hasta los 65 años.
Le consultamos directamente a ella si quería seguir hasta los 65 y no quiere, quiere jubilarse (hasta donde se se mete en una moratoria y puede, obvio le dije que busque abogado previsional).

Ahora mi consulta ¿intimo teniendo en cuenta esto y entrego los certificados de servicios y remuneraciones para que inice el trámite? o ¿Le hago enviar a ella telegrama poniendo en conocimiento que va a iniciar los trámites y que por tanto le entreguen los certificados? (es lo que se me ocurre!)

Como me recomiendan debe actuar la empresa.

Gracias!
 #1120732  por MORGAN
 
ni uno ni lo otro. les dan los certificados que solicite bajo constancia de entrega. punto. se habla con la empleada haciéndole saber que debe comunicar el estado del trámite y eventualmente la obtención del beneficio
 #1123623  por simpleestudiante
 
Mil gracias, perdón por la demora en contestar. Es lo que hice. Miré que leiiii, hay veces que no es tan fácil encontrar la respuesta a algo, gracias nuevamente.