Hola a todos, les comento que hice esta consulta en el foro previsional y nadie me contestó, quizá es acá donde debo consultar que seguramente hay abogados de empresa.
Pego la pregunta a ver si alguien me ayuda, quedé en dar una respuesta la semana entrante.
Hola a todos! no soy especialista en el fuero y es solo una consulta que imagino de rutina para quienes se dedican a esto. Vi que hay varios comentarios en el foro pero en ningún lado lo veo definido y necesito terminar de cerrar el tema.
Tengo mi cliente -empresa- que tiene una trabajadora en edad de jubilarse, cumplió 60 años, pero no tiene los 30 de aportes.
Veo que no se la puede intimar en virtud de esto y que de hacerlo eventualmente ella puede rechazar y acojerse a seguir hasta los 65 años.
Le consultamos directamente a ella si quería seguir hasta los 65 y no quiere, quiere jubilarse (hasta donde se se mete en una moratoria y puede, obvio le dije que busque abogado previsional).
Ahora mi consulta ¿intimo teniendo en cuenta esto y entrego los certificados de servicios y remuneraciones para que inice el trámite? o ¿Le hago enviar a ella telegrama poniendo en conocimiento que va a iniciar los trámites y que por tanto le entreguen los certificados? (es lo que se me ocurre!)
Como me recomiendan debe actuar la empresa.
Gracias!
Pego la pregunta a ver si alguien me ayuda, quedé en dar una respuesta la semana entrante.
Hola a todos! no soy especialista en el fuero y es solo una consulta que imagino de rutina para quienes se dedican a esto. Vi que hay varios comentarios en el foro pero en ningún lado lo veo definido y necesito terminar de cerrar el tema.
Tengo mi cliente -empresa- que tiene una trabajadora en edad de jubilarse, cumplió 60 años, pero no tiene los 30 de aportes.
Veo que no se la puede intimar en virtud de esto y que de hacerlo eventualmente ella puede rechazar y acojerse a seguir hasta los 65 años.
Le consultamos directamente a ella si quería seguir hasta los 65 y no quiere, quiere jubilarse (hasta donde se se mete en una moratoria y puede, obvio le dije que busque abogado previsional).
Ahora mi consulta ¿intimo teniendo en cuenta esto y entrego los certificados de servicios y remuneraciones para que inice el trámite? o ¿Le hago enviar a ella telegrama poniendo en conocimiento que va a iniciar los trámites y que por tanto le entreguen los certificados? (es lo que se me ocurre!)
Como me recomiendan debe actuar la empresa.
Gracias!