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 #111737  por sabri79
 
Les hago una consulta: yo estoy matriculada desde noviembre del 2007, por lo que tengo 2 años en los que no debo pagar la tasa.
Mi pregunta es: que es lo que tengo que poner en la demanda para que no me intimen a pagarla?

 #112160  por borshis
 
sabri, que tasa no tenés que pagar???
El tema es así: durante dos años estás exenta a cubrir los $1200-. mínimos que se deben aportar; pero con cada inicio de actuación judicial, extrajudicial o administrativa debés abonar el Lex de $10-. de la misma forma que el obligado al pago de la T de justicia debe abonar la contribución sobre la misma. Al momento en que se te regulen honorarios debés aportar el 5% correspondiente a lo que efectivamente percibiste, descontando los $10 del Lex (porque es un anticipo de honorarios) y el condenado al pago de honorarios o tu cliente abonar su contribución, según sea contradictorio o voluntario.
Más o menos fui clara???
Saludos

 #112162  por sabri79
 
ah ok fuiste muy clara. Te agradezco por la informacion...estaba un poco perdida con este tema
gracias!!!

 #112167  por borshis
 
de nada..
buen domingo
 #176977  por malenaasecas
 
Te cuento como viene el tema de CASSABA. Por lo que parece, para el 1º de Julio la ley estaría derogada. Respecto de los aportes, de la distribución prometida, olvidate!!, porque no va a a quedar nada.
Y como si fuese poco, la deuda que tenemos con la Caja nos la va a exigir Anses.
Incluso puede ser que quienes hayan aportado y se encuentren al día, igual tengan deuda ya que el sistema que se les va a aplicar por estos tres años transcurridos es el de monotributista u autónomo, de conformidad a la facturaciòn que cada uno tenga. A esto sumale que los nuevos directores que quieren liquidarla, van a ganar $9.000 por mes durante la etapa de liquidaciòn. Vamos a ver si nuestra querida legislatura se los concede?!!!
El tema con los empleados viene porque hay colegas que trabajan en la instituciòn como abogados, y los tienen como empleados administrativos, con suledos míseros. Y, como si fuese poco, se enteraron de que la nueva direngia entrante los quiere echar para que en la liquidaciòn entren los acomodados de siempre.
Estimados colegas, ocupémonos del tema para que los aportes que tanto nos costó integrar no se rifen en el proceso de liquidación, observando y controlando es la mejos manera de evitar que la ley de derogaciòn de Cassaba no sea un nueva ley nº 1.181.

Saludos