Hola colegas, los molesto para hacerle una consulta de mi primera causa laboral.
Se trata de un despido incausado, en la que la cliente ya cobro la indemnización (después del cobro se contactó conmigo). Lo cierto es que según la categoría que tenía le pagaban por debajo del convenio, por ende voy a intimar por lo siguiente:
-Diferencias salariales.
-Puedo intimar por las diferencias indemizatorias? y en caso de tener que iniciar las acciones adm/jud agregar la multa del art 2 de la ley 25.323?
-intimo en base al arr 132 bis porque de acuerdo al sueldo "devengado" no se realizaron los correctos aportes
-intimo en base al art. 1 ley 25.323 porque al relación no estaba correcta registrada (sueldo)
-intimo en base al art 80
Por favor me dicen si estoy bien rumbeado y sobre todo si puedo intimar por las diferencias en la indemización muchas gracias
Gracias!!
Saludos
Andres
Se trata de un despido incausado, en la que la cliente ya cobro la indemnización (después del cobro se contactó conmigo). Lo cierto es que según la categoría que tenía le pagaban por debajo del convenio, por ende voy a intimar por lo siguiente:
-Diferencias salariales.
-Puedo intimar por las diferencias indemizatorias? y en caso de tener que iniciar las acciones adm/jud agregar la multa del art 2 de la ley 25.323?
-intimo en base al arr 132 bis porque de acuerdo al sueldo "devengado" no se realizaron los correctos aportes
-intimo en base al art. 1 ley 25.323 porque al relación no estaba correcta registrada (sueldo)
-intimo en base al art 80
Por favor me dicen si estoy bien rumbeado y sobre todo si puedo intimar por las diferencias en la indemización muchas gracias
Gracias!!
Saludos
Andres