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  • Honorarios en amparo que continúa tramitando en CABA.

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 #1122573  por tito2007
 
Hola muchachos, interpuse amparo en CAyT de CABA por una chiquita minusválida contra la obra social de la Ciudad, por no pago a tiempo de los reintegros del tratamiento, lo que hacía peligrar la salud de la nena. Lo inicié a fines del 2014 y para Agosto 2015 comenzaron a pagar a mes vencido (antes lo hacían con 5 meses de demora), es decir, ya se cumplió con el objetivo del amparo. Mi cliente ya me pagó, mi pregunta es: ¿cuándo pido regulación de honorarios para que abone la obra social, puedo hacerlo ahora o hay que esperar algún momento en particular? (el juicio sigue y cada mes presentamos los recibos de pagos por el dinero reintegrado, pero ya no hay nada más que discutir).

En otro orden de cosas, la obra social es la ObSBA, obra social de la Ciudad y no sé si al ser del Gobierno de la CABA tenga una cláusula de "costas por su orden" como la ANSES. Al que pueda darme esta información, sepa algo o pueda orientarme, le agradezco por adelantado.
tito
 #1122973  por tito2007
 
Gracias por contestar andresxeneizes. No hubo sentencia definitiva: planteé el amparo como la posibilidad cierta de falta de tratamiento (a la madre ya le habían dicho del centro terapéutico que si la obra social no actualizaba el ritmo de los pagos, que percibían 5 meses después, no podrían continuar prestando el tratamiento). El juez dispuso que los pagos se hagan a mes vencido, bajo amenaza de astreintes a los directivos. En Agosto regularizaron los pagos y ahora continúa el proceso presentando todos los meses las facturas de los médicos y el reembolso de la obra social, pero no hay nada más que alegar. Calculo que esto seguirá así sin nada más que hacer, salvo que la obra social incumpla los pagos y tenga que volver a intimarlos. De ahí vino mi duda, porque no hay sentencia definitiva, pero no hay nada más que hacer. Y creo que tampoco amerita pedir al juez que dicte sentencia sobre algo que no concluyó. Gracias de nuevo por ocuparte del tema.
tito
 #1122976  por andresxeneizes
 
una cosa es que acrediten el cumplimiento de la sentencia y otra cosa es que no haya sentencia, en general los procesos concluyen de una manera u otra segun lo dice el cod proc.

ahora bien si vos pediste blanco y el juez dijo blanco, ya se acabo el juicio, despues que acrediten el pago del juicio es otra cosa.

que dijeron en la contestacion de demanda?
 #1123437  por tito2007
 
Gracias andresxeneizes por seguir el tema. Contestaron oponiéndose a la vía elegida (porque según ellos no había nada que lesionara o alterara en forma inminente derechos y garantías), ya que sólo había "una dilación en los pagos de las prestaciones ya reconocidas". "La ObSBA jamás ha negado la cobertura de tratamiento, por lo que solicito se reconduzca la presente acción a la vía ordinaria". Y esta última parte es buenísima: "los pagos son regulares, sólo que no en el tiempo que lo desea la actora" (5 meses de demora en los pagos, debido al trámite administrativo interno).

De esto la juez no receptó nada: ordenó que se actualizaran los pagos a mes vencido, bajo pena de astreintes a los directivos de la ObSBA, quienes se tomaron su tiempo (8 meses) para normalizar los pagos (pedí 5 ó 6 veces que se hicieran efectivos las astreintes, pero la juez contestaba "como no se aprecia de parte de la obra social un ánimo evidente de alargar los plazos, desestímese lo solicitado por improcedente". Y bueno, al fin y al cabo, la juez es empleada de la CABA...

Como vos decís, "pedí blanco y me dieron blanco", pero no sé cómo encarar lo de los honorarios porque no hay sentencia definitiva. Eso es lo que hay, te agradezco de nuevo por ocuparte.
tito
 #1127819  por tito2007
 
Hola andresxeneizes, presenté escrito y el 30/12 la juez proveyó:

"Previo a todo trámite, córrase vista a la Asesoría Tutelar a sus efectos".

Vamos a ver qué pasa ahora, según lo que demore en contestar la asesoría. Saludos,
tito