Hola muchachos, interpuse amparo en CAyT de CABA por una chiquita minusválida contra la obra social de la Ciudad, por no pago a tiempo de los reintegros del tratamiento, lo que hacía peligrar la salud de la nena. Lo inicié a fines del 2014 y para Agosto 2015 comenzaron a pagar a mes vencido (antes lo hacían con 5 meses de demora), es decir, ya se cumplió con el objetivo del amparo. Mi cliente ya me pagó, mi pregunta es: ¿cuándo pido regulación de honorarios para que abone la obra social, puedo hacerlo ahora o hay que esperar algún momento en particular? (el juicio sigue y cada mes presentamos los recibos de pagos por el dinero reintegrado, pero ya no hay nada más que discutir).
En otro orden de cosas, la obra social es la ObSBA, obra social de la Ciudad y no sé si al ser del Gobierno de la CABA tenga una cláusula de "costas por su orden" como la ANSES. Al que pueda darme esta información, sepa algo o pueda orientarme, le agradezco por adelantado.
tito
En otro orden de cosas, la obra social es la ObSBA, obra social de la Ciudad y no sé si al ser del Gobierno de la CABA tenga una cláusula de "costas por su orden" como la ANSES. Al que pueda darme esta información, sepa algo o pueda orientarme, le agradezco por adelantado.
tito
